Puntos a considerar para registrarte en el REPSE

El 23 de abril de este año se publicó la reforma a la Ley Federal del Trabajo que puso fin a la subcontratación abusiva. Modalidad de empleo que precarizó las condiciones de trabajo de millones de personas en México.

Dentro de sus cambios, estableció la obligación de registrarse ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, a todas aquellas prestadoras de servicios especializados u obras especializadas en una plataforma denominada (REPSE).

¿Quiénes tienen la obligación de registrarse en el REPSE? 

El registro del REPSE  es obligatorio según el artículo de 13 de la Ley Federal del Trabajo para todas aquellas empresas que ofrezcan servicios especializados u obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante, y que además para otorgar estos servicios u obras especializadas contratadas se necesita que sus trabajadores se pongan al servicio de la empresa contratante.

Las empresas que deben inscribirse en el REPSE son aquellas que ponen a disposición del cliente a su personal para realizar una obra o servicio especializado, por ejemplo, el servicio de seguridad en una fábrica, empresa u oficina; el servicio de comedor para los trabajadores; o el servicio de mantenimiento de maquinaria que el cliente tiene en sus instalaciones.

Si el servicio que se ofrece no implica que los trabajadores de la empresa especializada estén a disposición de los clientes, entonces no tienen por qué inscribirse en el REPSE, por ejemplo, los abogados o contadores que realizan sus servicios desde sus propias oficinas, o bien, aquellos que proveedores que realizan sus productos en sus fábricas y solo envían el material al cliente final.

Para inscribirte al REPSE, de acuerdo al Artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, las personas físicas y morales deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social, esto es, no tener adeudos con el IMSS, INFONAVIT y SAT, de lo contrario se negará la inscripción hasta que se regularice los adeudos con las instituciones correspondientes. Recuerda, estos trámites no se realizan en el sistema de registro ni por la STPS.

Otro elemento importante a considerar es a la hora de escanear los documentos, cerciórate que sean realmente claros y legibles, sino, el sistema los rechazará.

Y por último, recuerda que en caso de no tener tu registro no podrás prestar servicios especializados, tus clientes no podrán deducir impuestos de tu actividad y podrás ser acreedor a sanciones.

Una vez terminado tu registro, la STPS responderá tu solicitud antes de 20 días.  

El REPSE es un proceso ágil y sencillo, inscríbete aquí en: https://repse.stps.gob.mx/

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